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Archivo General del Estado de México

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Archivo General del Estado de México


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Datos generales

La primera disposición que se dio en el Estado de México para sustentar el quehacer archivístico fue emitida en la administración del Gobernador José Isidro Fabela Alfaro, a través del decreto número 103 publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de septiembre de 1945, el cual consideró tres aspectos importantes: declaró la utilidad pública de los archivos de los Poderes del Estado y de los municipios, prohibió la venta o destrucción de los archivos y, estableció la obligación de conservar en las oficinas públicas los documentos correspondientes a los últimos cincuenta años y de enviar al Archivo Histórico los de periodos anteriores.
El Congreso de la Unión expidió, el 15 de junio de 2018 la Ley General de Archivos, en la cual se reconoce el carácter estratégico de los archivos al establecer la obligación de garantizar su organización, conservación y preservación, con el objeto de respetar el derecho a la verdad y permitir el acceso a la información contenida en ellos; así como fomentar el conocimiento del patrimonio documental de la nación.
El 2 de agosto de 2022 la Secretaría de Finanzas autorizó la primera estructura de organización del Archivo General del Estado de México, la cual quedó conformada por 18 unidades administrativas (una dirección general, dos áreas staff, cuatro direcciones de área, nueve subdirecciones y dos departamentos).
Hoy en día el órgano desconcentrado es la entidad especializada en materia de archivos, que tiene por objeto promover la organización y administración homogénea de archivos, preservar, incrementar y difundir el patrimonio documental, con el fin de salvaguardar la memoria de corto, mediano y largo plazo del Estado de México y Municipios; así como contribuir a la transparencia y rendición de cuentas.
Instalaciones

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Fecha de última modificación: 5 de marzo del 2024, 12:02
Información proporcionada por:
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